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Provincia de Granada

Absuelto el hombre acusado de intentar estrangular a su mujer

El tribunal "no encuentra elementos suficientes en la prueba de cargo para alcanzar una plena y rotunda convicción"

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La Audiencia de Granada ha absuelto al hombre de 44 años acusado de intentar matar con una soga a su mujer en la localidad granadina de Churriana de la Vega, hechos por los que se enfrentaba a una petición fiscal de 12 años de cárcel por un supuesto delito de asesinato en grado de tentativa; aunque ha sido condenado a un año de prisión por quebrantar una orden de alejamiento.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, respecto del supuesto delito de asesinato intentado, el tribunal "no encuentra elementos suficientes en la prueba de cargo para alcanzar una plena y rotunda convicción que sustente un pronunciamiento de condena, más allá de la existencia de sospechas, más o menos fundadas, de un propósito y una acción homicida del acusado".

No halla elementos "para desvirtuar la interina presunción de inocencia" de V.M.G.B. y, antes al contrario, "concurren numerosas dudas para considerar que el acusado quiso matar a su ya exmujer (y en lo que no hay incertidumbre es en que a su merced la tuvo si así lo hubiera pretendido)", resalta la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada.

Se consideran hechos probados que el 23 de mayo de 2014 sobre las 15,00 horas, el hombre, estando vigente una pena por malos tratos que le prohibía aproximarse a su entonces esposa a menos de 300 metros y comunicarse con ella por cualquier medio, llegó al asadero de pollos común donde se encontró a solas con la mujer, de la que se estaba separando, y con la que inició "una discusión a propósito de la intención del acusado de cesar en la actividad y vender la maquinaria" en la que ella se mostró "muy nerviosa", diciéndole que no quería vender el negocio pues "esto no es vida" y "me voy a suicidar".

V.M.G.B., que mantuvo en la vista oral que había vuelto al asadero para revisar que había cerrado el butano, una vez cumplida la jornada laboral que tenían acordada, "se marchó de nuevo pero regresó porque no se quedó tranquilo ante la conducta de su mujer", según prosigue la sentencia, y "abrió el portón" viéndola "colgada" de "una cuerda en el patio" tras lo cual "la cogió por las piernas e intentó alzarla lo que a duras penas conseguía por lo que la soltó y entró a la cocina de su suegra", en la casa contigua, para coger "un hocino y con el mismo cortó la cuerda" tras lo cual la mujer cayó sobre él y se desvaneció.

Tras practicarle maniobras de reanimación, ella "reaccionó y abrió los ojos" pero por segunda vez se desplomó y "fue entonces a pedir ayuda a una vecina y en ese momento entró la madre" de ella y "al ver a su hija en ese estado se puso histérica y empezó a preguntarle" al hombre "qué has hecho" respondiendo él "no es lo que parece, le he dicho que me quiero divorciar y ella ha querido quitarse la vida".

Según la versión de la mujer, recogida también en la sentencia, fue ella la que, en el transcurso de la discusión que tuvieron en el asadero, le dijo a él "si quieres ahorcarte, ahí tienes la cuerda" colocando la cuerda en la parte inferior de la baranda del pasaje de la planta superior del inmueble.

Para ello se habría subido a una caseta de perro del patio interior antes de disponerse a salir, si bien, según esta versión, "a partir de ese momento" sintió "un profundo sueño sin que pueda recordar nada más a partir de ahí" si bien "niega vehementemente haber intentado suicidarse, algo contrario a sus convicciones religiosas" pero "no recuerda haber sido atacada" o que "algo la sujetase o presionase por el cuello".

Había para esta hipótesis "corroboraciones externas tanto en las declaraciones de su madre como, principalmente, en el informe médico forense", y "también el psicológico forense".

Se contrastaron en la vista oral con la "prueba pericial contradictoria" presentada por la defensa cuyos especialistas hicieron hincapié en la "posibilidad" --que "incluso" consideraron "mayor que el origen por estrangulamiento"-- de que las secuelas de ella fueran "resultado de una ahorcadura, eso sí, incompleta" en lo que fue, según la sentencia, "un encendido debate científico, no exento de pasión, a propósito de cuál podía haber sido la forma en que se produjeron las lesiones" de la mujer que sufrió estrés postraumático además de un trombo en carótida izquierda que persiste, disfunción en las cuerdas vocales, y disfagia y perjuicio estético moderado-medio.

Según detalló en su escrito la Sección contra la Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía Provincial de Granada, dichas lesiones precisaron de más de una asistencia hospitalaria, ingreso en la UCI y tratamiento quirúrgico médico con tiempo de curación estimado en 255 días y hospitalización durante 80 días.

El tribunal "considera meras suposiciones o conjeturas, conducentes en todo caso a una interpretación contra reo, que el acusado, tras estrangular a su esposa sin llegar a matarla, y para favorecer su impunidad, retirase la cuerda supuestamente colocada" por ella "ocultase la que para las acusaciones sería la cuerda realmente utilizada" y que "el acusado cortase la única cuerda hallada, a una altura más o menos compatible con una ahorcadura, que colocase en el trozo cortado unos mechones de cabello a fin de simular dicho ahorcamiento; y todo ello con el riesgo de ser descubierto en esas maquinaciones y dejando a la víctima con vida pese a que podía ser delatado por ella".

Todo ello lleva al tribunal a dictar la libre absolución del delito de asesinato en grado de tentativa, condenándolo a un año de prisión como autor de un delito continuado de quebramiento de condena y al pago de las costas procesales causadas incluidas las de la acusación particular.

Así mismo, se acuerda mantener las medidas de protección y seguridad acordadas en 2015 dictadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Granada.

El Ministerio Público pedía para él por la presunta comisión de un delito de asesinato en grado de tentativa, doce años de prisión, más el año correspondiente al quebramiento de condena.

La acusación particular, que representaba los intereses de la ya exmujer del acusado, pedía un total de 15 años de prisión.

El letrado de la defensa, Antonio José García Linares, director del despacho Garzalex, ha mostrado su satisfacción por la libre absolución por la supuesta tentativa de asesinato y ha indicado que no descarta plantear acciones legales por la posible "falta de diligencia exigible" a las peritos del Instituto de Medicina Legal de Granada que avalaron la hipótesis de la mujer cuando es "preferible admitir un error antes de que un inocente vaya a la cárcel".

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