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Deniegan a Manjón una prestación extra como víctima

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado denegar a la presidenta de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado denegar a la presidenta de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, Pilar Manjón, una prestación extraordinaria por acto terrorista al estimar que entre los beneficiarios de ésta no se incluyen “las víctimas no directas”.

Así lo ha acordado la sala de lo social del TSJM en una sentencia, en la que desestima el recurso que Manjón interpuso contra la dictada el año pasado por el juzgado de lo social número 33 de Madrid.

El juzgado de lo social concluyó que Manjón “no es víctima de un acto terrorista en el sentido jurídico, sino que es beneficiaria de la prestación ordinaria de incapacidad permanente absoluta, con cargo al Régimen General de la Seguridad Social”.

Según el TSJM, el legislador “ha querido establecer unas prestaciones extraordinarias con cargo a los Regímenes de Seguridad Social que correspondan, a favor, exclusivamente, de los que sufran una incapacidad permanente o fallezcan como consecuencia de actos terroristas”.
Manjón, quien perdió al menor de sus hijos en los atentados del 11-M, prestaba sus servicios como administrativa en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial. Debido a la pérdida de su hijo sufrió un proceso depresivo por el que fue declarada en situación de incapacidad temporal entre febrero y agosto de 2005.

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