El tiempo en: Barbate
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Andalucía tendrá dos pasos abiertos 24 horas con Portugal y uno cuatro horas

Abiertos todo el día los pasos entre Rosal de la Frontera y Vila Verde de Ficalho y Ayamonte con Castro Marim, y solo 4 horas entre Encinasola y Barrancos

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Controles en la frontera con Portugal. -

Andalucía mantendrá desde mañana dos pasos abiertos las 24 horas para acceder o salir de Portugal desde Huelva y uno durante cuatro horas, dentro de las restricciones impuestas por el país vecino para cerrar sus fronteras con el fin de contener los contagios de covid-19.

Se trata, según ha informado en un comunicado la Delegación del Gobierno en Andalucía, de un acuerdo para reintroducir temporalmente los controles en la frontera interior terrestre entre ambos países a partir de la próxima madrugada.

La reintroducción de estos controles se establece en una orden firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado, y señala que esta medida entrará en vigor a la 1:00 horas de este domingo 31 de enero y se mantendrá hasta la 1:00 horas del 10 de febrero.

La orden señala que “las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera interior terrestre con Portugal sólo podrá realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan”.

En el caso de Andalucía, se mantienen abiertos 24 horas al día los pasos entre Rosal de la Frontera y Vila Verde de Ficalho y Ayamonte con Castro Marim, mientras que estará abierto de 8:00 horas a 10:00 horas, y de 19:00 a 21:00 (hora española) el acceso entre Encinasola y Barrancos.

Hasta el 10 de febrero solo se autorizará la entrada a los ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que exista una unión análoga inscrita en un registro público, así como aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo "siempre que viajen con o para reunirse con éste".

Además, se permite el ingreso de residentes en España que acrediten su residencia habitual o en otros estados miembro o asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, o estudiantes que cursen sus estudios en nuestro país.

También a quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, incluidos los trabajadores transfronterizos, sanitarios y del transporte; a los que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad o por motivos humanitarios.

Por último, podrá entrar el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales situados en España, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN