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Huelva

Condenan a un agente por falsificar multas a su expareja por venganza

"Con ánimo de venganza y para causar perjuicio, se sirvió de su trabajo para poner en marcha distintas denuncias contra ella y su círculo", reza la sentencia

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  • Audiencia de Huelva -

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a cuatro años y diez meses de cárcel a un agente del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huelva por falsificar multas dirigidas a su expareja y personas del entorno de la misma con ánimo de venganza y perjudicarla.

El fallo judicial, al que ha tenido acceso Efe, considera a esta persona autor de un delito continuado de falsedad documental y además de la pena de cárcel le impone el pago de una multa superior a 3.600 euros, lo inhabilita para empleo o cargo público por tiempo de cinco años de su condición de funcionario público perteneciente al cuerpo de la Guardia Civil y lo obliga a indemnizar a su expareja y al hermano de ésta con 200 y 100 euros, respectivamente.

Se considera probado que el acusado, agente del subsector de tráfico de Huelva, había tenido una relación con una mujer de la que nació en 2010 una hija común, la cual obtuvo filiación legal a instancia de su progenitora en procedimiento judicial, al igual que pensión alimenticia con cargo al acusado.

De aquellas circunstancias se derivó una relación de enemistad entre ambos, por lo que el acusado, con ánimo de venganza y para causar perjuicio a ella y su entorno, se sirvió de su trabajo para poner en marcha distintas denuncias contra aquélla y su círculo familiar entre marzo y abril de 2013, sin que apareciera su nombre en los correspondientes boletines de denuncia, para lo que falsificó la firmas de algunos compañeros.

Así en la primera denuncia confeccionada por el acusado, de 8 febrero de 2013, constaba que el hermano de su expareja conducía por la carretera A 496 un tractor, figurando como agente denunciante y testigos dos agentes que no participaron en los hechos y cuyas firmas fueron falsificadas por el acusado.

El importe de esta sanción ascendió a 200 euros y fue abonada por el sancionado con reducción del 50 % el 5 de marzo de 2013.

En la segunda denuncia, de 28 de marzo de 2013, refería que esta misma persona circulaba en un coche por la A-496 conduciendo un móvil, que tras ser identificado se negó a firmar el boletín y en esta ocasión también firmó como un compañero que no intervino.

La denuncia, con una sanción aparejada de 100 euros fue recurrida por el titular administrativo.

La última denuncia, del 12 de abril de 2013, la dirige contra su expareja por circular por la A-435 durante 800 metros guardando una distancia de 5 metros respecto del vehículo precedente, falseando de nuevo firmas, y la mujer abonó el importe de la sanción de 200 euros.

La sentencia ya es firme al haber desestimado el Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por el acusado que alegó entre otras cuestiones vulneración de la presunción de inocencia. 

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