El tiempo en: Barbate
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Archivan la causa contra el Gobierno del PP de Almonte y dos ediles IU por prevaricación

Se abrió tras la denuncia presentada en 2013 por Iddiam Sistemas, adjudicataria del servicio de colaboración para la gestión de los expedientes sancionadores por infracción de normas de tráfico,que acusaba al Consistorio de "una serie de actos administrativos injustos y arbitrarios"

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de La Palma del Condado ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia de la empresa Iddiam Sistemas contra el equipo de Gobierno del PP en Almonte y dos concejales de IU por un delito de prevaricación administrativa.

La causa se abrió como consecuencia de la denuncia presentada en 2013 por la empresa Iddiam Sistemas, adjudicataria del servicio de colaboración para la gestión de los expedientes sancionadores por la infracción de las normas de tráfico de Almonte en la que exponía la ejecución por parte del Consistorio de "una serie de actos administrativos injustos y arbitrarios dirigidos a acabar con su actividad empresarial, en una actitud persecutoria burda que no se sostiene si no es por causas estrictamente personales".

Entre ellos, "llevar a pleno la resolución del contrato de servicios relativo a la gestión de expedientes sancionadores careciendo de cualquier argumento y sustento y prescindiendo del procedimiento legalmente establecido" para "burlar el sistema de mayorías sirviéndose de un fraude de ley", pues "no existe fundamento ni sustento jurídico formal ni material para proponer el inicio de un expediente de resolución contractual".

Por estos hechos prestaron declaración los once concejales la semana pasada y una vez oídos el juez ha decidido sobreseer la causa que "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa", según ha informado el Ayuntamiento en un comunicado.

El juez desestima las argumentaciones de la parte denunciante, como la "convocatoria reiterada de plenos", aún más cuando para la resolución del contrato el alcalde contaba con el informe jurídico del secretario de la corporación, del tesorero e interventor y de una funcionaria, por lo que en ningún momento prescindió "del procedimiento establecido".

En cuanto a la recusación de Iddiam, no tramitada por el alcalde y basada en una supuesta "enemistad de este y del concejal de Administración con la entidad", el juez concluye que la no admisión a trámite estaba fundada, "ya que se trata de un asunto que se incluyó en dos plenos anteriores".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN