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Córdoba

El fiscal no recurrirá la sentencia absolutoria para los policías locales del caso Torreblanca

Según recoge la sentencia, el acta de inspección levantada a los dos agentes infractores que se construían la vivienda por parte de los otros dos policías acusados \"no sufrió alteración\" cuando fue presentada en la Gerencia Municipal de Urbanismo

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El fiscal del caso Torreblanca ha decidido no recurrir la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que absuelve a los cuatro policías locales de un delito de falsedad en documento público cometido por los funcionarios en el ejercicio de sus funciones, relativos al expediente por la construcción sin licencia de una vivienda en dicha urbanización de la ciudad en 2007.

   Así lo han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio Público, que constituía la única acusación en el juicio, al tiempo que precisan que la resolución judicial aunque "no coincide" con lo que mantenía el fiscal en su calificación, "ha convencido".

   Según recoge la sentencia, el acta de inspección levantada a los dos agentes infractores que se construían la vivienda por parte de los otros dos policías acusados "no sufrió alteración" cuando fue presentada en la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU).

   En este sentido, los magistrados apuntan que "las manipulaciones, incuestionables desde luego, fueron a la postre totalmente inocuas", al tiempo que aluden a "la falta de consistencia" documental en los expedientes informáticos.

   Asimismo, señala que el "descontrol, no sólo atribuible a los que físicamente llevaban el registro o fichero informático, sino a sus superiores y a las instancias administrativas de quienes dependía el Servicio de Disciplina Urbanística, pone de manifiesto, en definitiva, una absoluta falta de seriedad" en las tareas de llevar el mismo y los jueces no lo consideran como documento oficial y por tanto de falsedad a efectos penales, en relación a las "alteraciones" de los expedientes informáticos.

   Al respecto, los abogados de las defensas han valorado que se haya absuelto a sus clientes, porque "no hay falsedad de ninguna clase", según agrega uno de ellos, que destaca que "no se ha falseado ni la multa, ni la sanción ni nada importante en el expediente", al tiempo que recuerda que el matrimonio que se construía la parcela abonó la sanción de 70.000 euros impuesta por la Gerencia de Urbanismo.

   En concreto, un total de ocho testigos y dos peritos pasaron la semana pasada por la sala de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, donde se celebró el juicio, en el que el fiscal mantuvo su petición de tres años y nueve meses de prisión para cada uno de los acusados, una multa de 5.400 euros e inhabilitación para su cargo durante tres años; mientras que los abogados de las defensas pidieron que se aplique la atenuante de dilación indebida, por ser "un fracaso absoluto la instrucción" y haberse alargado durante siete años por una mezcla de "intereses privados, algunos mezquinos, mediáticos y políticos".

   Las defensas también criticaron la investigación que se hizo a instancia municipal, y aunque el fiscal reconoció que "la instrucción no ha sido un ejemplo del buen hacer", desestimó la petición de la atenuante. En cualquier caso, los letrados pidieron la absolución de los cuatro procesados, dado que consideran que no se cometió delito alguno y recuerdan que el expediente administrativo terminó en multa, con unos 70.000 euros, según precisó una de las agentes acusadas.

EL JUICIO

   Los policías locales acusados por la supuesta comisión de un delito de falsedad cometido por funcionario público en el ejercicio de sus funciones negaron que manipularan expediente urbanístico alguno sobre inspección de inmueble antes de enviarlo a la Gerencia Municipal de Urbanismo.

   Mientras, la entonces secretaria general del Ayuntamiento, que instruyó la investigación administrativa, cuyas conclusiones terminaron en los juzgados en abril de 2008, declaró ante el juez que "no se produjo trato de favor por parte de la patrulla" al matrimonio que se hizo la casa.

   No obstante, según la secretaria, el registro informático de infracciones urbanísticas de la Policía Local es un registro oficial --obligatorio desde 2002 por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)-- y rechazó que se trate de un fichero de uso interno. Sin embargo, confesó que se hacía "un uso incorrecto" del registro y que era "un descontrol", pero que los policías y sus mandos "estaban convencidos de que lo hacían correctamente".

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