El tiempo en: Barbate

Campo de Gibraltar

SRV denuncia las bonificaciones a viviendas en suelo no urbanizable

La Asociación se pregunta por qué se aprueba este tipo de normativas y no regula subvenciones similares para las viviendas de todo el municipio

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Placa fotovoltaica.- A.I

El Ayuntamiento de San Roque dispone de una ordenanza municipal que bonifica la instalación de placas solares para agua caliente sanitaria o fotovoltaicas en suelo no urbanizable. De este modo,  los propietarios de viviendas con este tipo de instalaciones pueden llegar a beneficiarse de reducciones de hasta un 60% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) sólo por el uso de estas tecnologías. 

Según los integrantes de la asociación San Roque Vivo, “hasta parecía una buena noticia, pero lo que ha causado extrañeza en los vecinos es que sólo se aplique a viviendas que, según se lee en el artículo 3.2 de la propia ordenanza, expone que realizadas en contra de las previsiones de la ordenación urbanística vigente respecto de las cuales ha prescrito la acción de restauración del orden jurídico infringido, por el transcurso del plazo de seis años desde su finalización total”.  Es decir, que la bonificación se aplicaría solo  a las viviendas situadas en terrenos no urbanizables  sobre las que el Ayuntamiento no haya actuado en seis años, después de los cuales ya no puede hacerlo. Dicho de otro modo, que el posible delito urbanístico ya ha prescrito, por lo que el consistorio no podrá realizar ningún tipo de acción en contra.

Esta situación ha sido calificada por la asociación  como “una clara discriminación”, porque a su parecer “dan ventajas económicas a quienes han construido sin pagar tasas, licencias, ni respetar la ordenación marcada por la administración, pero no hay ninguna bonificación para quienes hayan seguido las normas urbanísticas y pagado sus impuestos responsablemente”, refiriéndose a  las casas que se encuentra en suelo urbanizable y que no han tenido ningún tipo de problemática.

Unos sí, otros no
San Roque Vivo se pregunta por qué el gobierno local sanroqueño aprueba este tipo de normativas y no regula, sin embargo, bonificaciones similares para las viviendas de todo el término municipal, “si de verdad quiere fomentar las energías renovables  y no la construcción ilegal”, denunció la asociación.
Asimismo, la ordenanza expone que “igualmente, las edificaciones que incorporen instalaciones fotovoltaicas y solares térmicas para producción de energía eléctrica y sistema ACS respectivamente que cubran un 70% de la energía consumida por esta, se bonificarán con una reducción del 60% del importe del Impuesto de Bienes Inmuebles, hecho que la asociación considera “discriminatorio”.


LA IDEA, ANIMAR A LA REGULARIZACIÓN 

La Ordenanza Municipal para la regulación del régimen de edificaciones existentes en el suelo no urbanizable del terreno municipal y el establecimiento de las normas de habitabilidad y seguridad indica, en su capítulo cuatro y artículo número tres, las “medidas de fomento de instalación de dispositivos e instalaciones autónomas y sostenibles medioambientalmente que reduzcan consumos hídricos y energéticos”, en las cuales indican, en el epígrafe que se refiere a las placas solares, que serán bonificadas mediante la reducción del impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

La redacción VIVA contactó con fuentes municipales del Ayuntamiento de San Roque, las cuales indicaron que “ se trata de animar a la regularización de las viviendas en suelo no urbano, como podría ser el caso del Albarracín, y así, por ejemplo, ahorrar en el tendido eléctrico y otras infraestructuras que no cuentan las zonas rurales del municipio, ayudando también a la sostenibilidad”.

Este tipo de ayuda también se contempla para edificaciones que tengan captaciones de agua de lluvia o depósitos de aguas grises autónomos, según se indica en la ordenanza.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN