El tiempo en: Barbate

Cádiz

Comercio indica que la competencia del Piojito es municipal

El artículo 16 de la ordenanza municipal de comercio ambulante se puede cambiar con acuerdo plenario

Andaluc�a Informaci�n
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Un puesto del piojito -

Desde la Dirección General de Comercio de la Junta de Andalucía, y ante la nota de prensa emitida por el Ayuntamiento de Cádiz, trasladan varias consideraciones a la opinión pública. La primera de ellas indica que, ante la apertura durante el próximo mes de agosto del mercadillo El Piojito, se trata de una competencia municipal que hasta este momento tiene incluida en su ordenanza municipal dicha prohibición de apertura, concretamente en el artículo 16.


Al respecto, indican que el Ayuntamiento de Cádiz tiene las ordenanzas de comercio ambulante informadas favorablemente por el Consejo Andaluz de comercio desde el 30 de noviembre de 2012 y están asimismo adaptadas a la Ley de Comercio Ambulante y publicadas en el BOP con fecha de mayo de 2014.


Por otro lado, el 5 de julio de 2016 el Ayuntamiento remitió estas ordenanzas a la Dirección General de Comercio y aún recogen dicha prohibición.


En el Consejo Andaluz de Comercio extraordinario del 14 de julio, son los sindicatos y consumidores, como representantes de dicho órgano, quienes preguntaron verbalmente qué pasos son necesarios para la modificación de dicho punto de la ordenanza. Verbalmente se les respondió que las ordenanzas están adaptadas y que esta modificación es competencia del Consistorio.


A fecha de hoy, la dirección general, como indican, no ha recibido ningún escrito del Ayuntamiento respecto a la modificación de este artículo de la citada ordenanza municipal de comercio ambulante en el municipio, si bien este departamento está a disposición del Ayuntamiento ante cualquier necesidad de asesoramiento o para aclarar cualquier duda.


En base a las competencias municipales, dicho punto de la ordenanza, destacan, puede ser modificado por acuerdo plenario. Por tanto, una vez aprobado por el Ayuntamiento, podrá comunicarlo para conocimiento y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN