Esta declaración supone un reconocimiento a los valores históricos y artísticos del edificio además de reforzar su valor emblemático por su vinculación con las primeras Cortes españolas.
Conforme el acuerdo del Consejo de Gobierno, el templo destaca especialmente por su valor histórico, ya que en él prestaron juramento los diputados de las primeras Cortes constituyentes españolas el 24 de septiembre de 1810, en pleno asedio francés.
En cuanto a sus valores artísticos, la iglesia, que comenzó a construirse en el siglo XVIII y se completó en el XIX, reúne las dos corrientes estilísticas más influyentes en la arquitectura de San Fernando: el tardobarroquismo, visible en la portada principal y en las laterales, y el neoclasicismo, patente sobre todo en el tramo superior de las torres que flanquean la fachada principal. El edificio ocupa toda una manzana y conforma un rectángulo casi perfecto. Presenta tres naves de cinco tramos, crucero y presbiterio, tras el cual se ubican la sacristía y demás dependencias parroquiales. Sus acabados interiores son sencillos y se basan en la solería de mármol y el zócalo de piedra.
La nave central, de mayor altura y anchura que las laterales, se separa de éstas por cuatro pilastras toscanas adosadas a un núcleo del que salen los arcos de medio punto que sostienen la techumbre. Por su parte, las naves laterales están cubiertas con bóvedas de aristas y acogen diversos altares y retablos, entre los que figuran el de Jesús Nazareno y el de Nuestra Señora de la Soledad. La declaración de la iglesia como monumento incluye 48 bienes muebles, principalmente piezas de orfebrería y textiles, así como obras de arte de entre los siglos XVIII y XX. Entre ellas destacan un conjunto de seis pinturas sobre tabla y las esculturas de la Inmaculada Concepción, San Pablo y Santa Rita”.