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Carajera legal congresual

Al final un lio, lo que da la ley electoral, lo quita el reglamento del congreso. Un carajal, una carajera y por que nó un Carajo

Publicado: 19/06/2019 ·
23:10
· Actualizado: 19/06/2019 · 23:13
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Autor

Rafael Fenoy

Rafael Fenoy se define entrado en años, aunque, a pesar de ello, no deja de estar sorprendido cada día

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En este blog se pretende compartir análisis, reflexión y algo de conocimiento contigo persona lectora

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Con seguridad Vd. ha oído esta palabra en estos lares y sin embargo la palabra carajera no está registrada en el Diccionario de la Academia de la Lengua, aunque sí nos da información de la palabra carajo y carajear. En Costa Rica significa, regañar, reconvenir, en Venezuela se utiliza para insultar a alguien con tacos o con frases maldicientes y por último en Uruguay  permite echar “votos” y reniegos.

En Cádiz y Canarias, posiblemente por su relación histórica cercana con países hispanoamericanos, tanto Carajo como Carajera se usan. Y es un término que conlleva un lio en grado superlativo, un asunto entre personas que discuten sin que la nebulosa parezca aclararse, asociado a disgustos.

En el Congreso de los diputados se ha montado una Carajera alrededor de la suspensión de los diputados, presos, electos y reconocidos por el mismo Congreso mediante sus actas de diputado y el peculiar juramento (lo dejamos así), de la constitución.  Parece una incoherencia dar la bienvenida a una persona para constituir una institución y al día siguiente negarle su participación en la misma. Sin embargo la Carajera no se produce por la lógica parlamentaria, ya que el reglamento del congreso presupone, al menos no dice nada en contrario, que quien es elegido por la ley electoral debe ser reconocido como representante electo y ocupar el escaño que le corresponde. La medida “disciplinaria” parlamentaria permite suspenderlos de sus funciones porque está pensada para dar respuesta a conductas delictivas que el ya diputado realice. Pero no las imputaciones y efectos legales anteriores a adquirir la condición de diputado.

El carajal lo provoca una ley electoral que permite que personas presas, o que están siendo juzgadas, puedan presentarse para ser elegidas. Si estar incurso en un proceso judicial determina en el parlamento la suspensión de las funciones de diputado, con más vera, debería suspenderse el derecho a ser elegido (inhabilitación para ser elegido o cargo público). Por ello llena de estupor, a propios y más a extraños, que, estando preso y siendo juzgado por delitos graves contra aspectos esenciales de la constitución, estas personas no pierdan, al menos cautelarmente, el derecho a ser elegidos.

Al final un lio, ya que la ley electoral, por estar siendo juzgado, no te quita un derecho y el reglamento del congreso te quita el principal derecho cívico, como es el representar a quienes te han votado. Un carajal, una carajera y por que nó  un Carajo.

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