El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado hoy el decreto-ley de medidas urgentes relativas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que amplía las deducciones por la herencia de vivienda habitual y establece una reducción del 99 % del impuesto por trasmisión de empresa individual agrícola.
La aprobación de este decreto-ley, que tendrá un impacto económico de 125 millones de euros, se produce después de que el PSOE y Ciudadanos cerraran el pasado 17 de junio un acuerdo para reformar dicho impuesto, que amplía el mínimo exento para las herencias recibidas por parientes directos de 175.000 a 250.000 euros por heredero, lo que entrará en vigor el 1 de enero de 2017.
La consejera de Hacienda, María Jesús Montero, ha destacado en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gobierno que se trata de "un buen acuerdo que va a reducir el error de salto" en la tributación, de forma que a partir de ahora "cualquier vivienda habitual que se herede va a contar con una importante deducción".
Respecto a las explotaciones agrarias, ha recordado que no sólo va a afectar a familiares directos, sino también a los asalariados que acrediten que estaban trabajando en esa explotación.
La principal novedad del decreto-ley es la ampliación de las deducciones por la herencia de vivienda habitual para los descendientes directos que hubieran convivido con el causante durante los dos años anteriores al fallecimiento.
En este caso, la desgravación oscilará entre el 100 % para inmuebles de hasta 122.606,47 euros y el 95 % para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros, medidas que entrarán en vigor tras la publicación del decreto-ley en el BOJA.
Otra de las reformas introducidas en este ámbito es la reducción del periodo de mantenimiento del inmueble recibido de diez a tres años, a partir de los cuales los herederos podrán venderlo.
El decreto establece también una reducción automática del 99 % en herencias o donaciones de explotaciones agrarias para facilitar el relevo generacional en este sector clave de la economía regional.
Los requisitos para acceder a esta desgravación, que también entrará en vigor en agosto, se flexibilizan, de forma que ya no será necesario que el ejercicio de la actividad agrícola se desarrolle de manera personal y directa por la persona fallecida que deja la herencia, sino también por su cónyuge o descendientes en los casos en los que el titular de la explotación estuviera jubilado o en situación de incapacidad permanente.
Actualmente, para aplicar la reducción del 99 % a los negocios agrícolas personales que sean heredados, se exige que la actividad se desarrolle habitual, personal y directa y que constituya su principal fuente de renta.
Además, se suprime la condición de que haya sido su principal fuente de renta, dada la naturaleza de los rendimientos de este tipo de empresas altamente dependientes de la temporalidad de las campañas agrícolas.
En las herencias y donaciones de explotaciones agrarias también se reduce el periodo de mantenimiento de la actividad para beneficiarse de las deducciones fiscales, desde diez a cinco años.
El decreto ley aprobado hoy supone la primera fase de la reforma del impuesto, ya que la segunda, que se tramitará en la Ley del Presupuesto de Andalucía para que entre en vigor el 1 de enero de 2017, corregirá el error de salto que actualmente afecta al tributo y mejorará la ponderación de las deducciones y los requisitos de acceso a las bonificaciones.
De este modo, se aumentará el mínimo exento de tributación para las herencias recibidas por parientes directos, que pasará de 175.000 euros a 250.000 euros. Además, para bases imponibles de entre 250.000 y 350.000 euros se creará una reducción de 200.000 que corregirá el salto en esta franja de herencias.
Según la consejera, el objetivo es aprovechar la incipiente recuperación económica para avanzar en un mapa fiscal más beneficioso para las familias y las empresas, favoreciendo un entorno de oportunidades de empleo e inversión.
La reducción irá en seis tramos desde el 95 por ciento para inmuebles cuyo valor real sea superior a 242.000 euros hasta el 100 por cien para inmuebles valorados en menos de 122.606,47 euros.
Montero ha incidido en que el decreto ley refuerza la progresividad de este tributo, con el fin de favorecer a las rentas medias y trabajadoras, un "compromiso" que adquirió la presidenta de la Junta, Susana Díaz, tras haber sido incluido en el programa electoral del PSOE y que figuraba en el acuerdo de investidura alcanzado con Ciudadanos.
Preguntada si este decreto-ley pone "punto y final" a la reforma del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ha señalado que la modificación llevada a cabo es "francamente buena", además de "justa y progresiva", y si alguna formación política tiene como objetivo la supresión total de este tributo "debería plantearlo al Gobierno de España", que tendría que "compensar" a las comunidades autónomas.
"Las reformas que se pudieran producir en el futuro deberían hacerse en el marco estatal porque si se quita a la comunidades autónomas esta capacidad tributaria habría que sustituirla por otra fuente financiera", ha remachado.
Para la Junta, la reforma abordada es "razonable" en relación con la "situación de partida".