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Barbate

La batalla de un vecino de Barbate tras ser multado por "pasear" a dos perros por la playa

Juan Muñoz Tirado asegura que no estaba en la playa junto a sus perros y piensa llegar a dónde haga falta para que se haga justicia...

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  • Perros en la playa

Esta historia o esta polémica lleva meses dando vueltas por las redes sociales, pero ahora Juan Muñoz Tirado, vecino de Barbate, ha contactado con este medio para expresar su “profunda indignación” tras haber sido multado por la Policía Local de la localidad por presuntamente pasear dos perros en la playa, pese a que él insiste en que ni siquiera estaba presente en el lugar de los hechos.

Él insiste en que no estaba allí y que no fue identificado por los agentes, mientras que en el juicio abierto tras recurrir la multa, la jueza da por válida la versión de los agentes, así como el procedimiento llevado a cabo por los dos policías

Según la versión de Muñoz Tirado, los hechos ocurrieron el 9 de agosto de 2020, cuando dos agentes de la Policía Local se acercaron a una mujer que paseaba dos perros en la playa y le preguntaron a quién pertenecían. “Los perros eran de mi marido”, respondió ella, según consta en el informe policial. Sin embargo, Juan Muñoz sostiene que “no estaba allí, no hay pruebas ni declaración donde me identifican, no identificaron a los perros ni siquiera a la mujer”. Según él, los agentes no vieron su presencia en el lugar y, por tanto, no podrían haberlo identificado de manera fehaciente. “Me multaron a mí sin pruebas, solo porque una mujer no identificada dijo que los perros eran míos”.

Por su parte, la versión de la Policía Local, reflejada en la sentencia, sostiene que “siendo las 13:15 horas del 9/8/2020 se observa desde el final del paseo marítimo, pasado el Chiringuito Flamenco, como dos perros sueltos jugueteaban en la arena mojada alrededor de un grupo de personas”. Según el informe, “una vez que llegamos a la altura de los animales, en la zona de la desembocadura del río, se encontraba una señora con un menor y los animales”. En ese momento, “se le solicita a la señora que ate a los animales y se identifica al propietario de los mismos, que se encontraba a unos cincuenta metros ya en el río, y se le invita a que abandone la playa junto a sus animales, a la vez que se le informa que sería denunciado”.

Los agentes sostienen que identificaron a Muñoz Tirado en el momento y que la mujer presente confirmó que los perros eran suyos. “El agente en el juicio confirmó su parentesco con el recurrente, identificándolo sin duda desde el paseo marítimo en la playa”, recoge la sentencia. Según el tribunal, los policías presentaron un “relato coherente y pormenorizado de los hechos, sin que conste ningún motivo por el que el mismo faltaría a la verdad en la narración realizada”. La jueza concluyó que “la Administración sí tuvo a su disposición elementos de prueba de suficiente entidad para determinar la realidad de la conducta infractora, sin que pueda acogerse que se haya vulnerado el principio de presunción de inocencia”.

Muñoz Tirado, en su defensa, argumenta que “si alguien saca a pasear unos perros, aunque no sean suyos, la multa debe ser para él, no para el dueño, que puede ignorar lo que ha ocurrido”. En su opinión, su caso es equiparable a “multar al dueño de un coche que ha prestado y con el que otra persona ha cometido una irregularidad, como conducir ebrio”.

Después de más de dos años de batalla legal, Muñoz Tirado fue obligado a pagar la multa de 120 euros para poder presentar una denuncia. “Si la hubiera pagado en los primeros 15 días, era la mitad, pero me negué a pagarla porque era injusto”, afirma. No obstante, la sentencia finalmente ratificó la sanción, declarando que “la prueba de cargo consistente en la denuncia y posterior ratificación de los agentes resulta suficiente para destruir la presunción de inocencia del actor”. Además, el tribunal impuso el pago de las costas procesales hasta un límite de 100 euros.

Muñoz asegura que “uno de los policías dice en el juicio que no me vio pero firma la denuncia y los recursos”, al tiempo que en sala judicial “reconocen que el lugar de los hechos era la desembocadura del río, una zona no apta para el baño y por lo tanto se pueden pasear perros”, por lo que no entiende que “cómo en un caso tan claro y tan sencillo hace la jueza una sentencia de 17 páginas”.

Tras el fallo, Muñoz Tirado ha llevado su reclamación más allá, remitiendo documentación sobre el caso al Consejo General del Poder Judicial, al Ministerio de Justicia y a la Fiscalía Provincial de Cádiz, además de afirmar que está en proceso para interponer una querella contra la jueza y los agentes involucrados por prevaricación. “He tardado tanto porque ningún abogado en la provincia de Cádiz quería coger el caso, ha sido una odisea encontrar uno de Sevilla”, explica.

 

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