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Sevilla

El Ayuntamiento no indemnizará a un ciclista que se cayó en María Luisa

El Consejo Consultivo ha avalado la decisión del Ayuntamiento al "no haberse acreditado la forma en que se produjo el accidente"

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  • Un ciclista. -

El Consejo Consultivo de Andalucía ha avalado la decisión del Ayuntamiento de Sevilla de desestimar una reclamación patrimonial promovida por un ciudadano en demanda de una indemnización de 35.481 euros, por un accidente sufrido cuando circulaba en bici por el parque de María Luisa, declarado bien de interés cultural (BIC). Aunque ha quedado probado "el desperfecto denunciado" como supuesta causa del accidente, "la falta de acreditación de la forma en que se produjo el accidente impide concluir la existencia de relación de causalidad" entre el desperfecto y el siniestro.

Según este dictamen del Consultivo emitido el pasado 9 de septiembre y recogido por Europa Press, el promotor de esta reclamación patrimonial exponía que el 11 de junio de 2018 sobre las 18,20 horas circulaba en su bicicleta por la Glorieta de Covadonga, situada dentro del parque de María Luisa, cuando al detener la bici "apoyó el pie derecho en el suelo, momento en el que sufrió diversas lesiones pues existía una grieta en mitad del asfalto que provocó la rotura de los huesos del tobillo".

Frente a ello, el Consultivo expone que "de las pruebas practicadas se tiene por acreditado que el reclamante sufrió un accidente el día por él indicado y en el lugar señalado", pues "consta informe emitido por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, en el que se indica que, efectivamente, en la fecha referida se requirió la asistencia de un equipo de coordinación avanzada para auxiliar al reclamante, que había sufrido una caída de bicicleta dentro del Parque de María Luisa, de modo que tras auxiliarle y recogerlo fue trasladado al área de urgencias de la Clínica Sagrado Corazón".

Asimismo, ha resultado probado que, a consecuencia del accidente, el reclamante "sufrió diversas lesiones para cuya curación precisó de asistencia médica", extremo confirmado por los partes médicos que aporta, así como queda también demostrada "la existencia en el momento del accidente del desperfecto denunciado, como se observa en las fotografías aportadas por el reclamante".

Además, dicho desperfecto "no es cuestionado por la arquitecta del Ayuntamiento, quien en su informe se limita a indicar que las grietas mostradas de la Glorieta de Covadonga se encuentran dentro de los estándares, que se consideran mínimos en la prestación del servicio público".

Pero según el Consultivo, "en el expediente instruido no se han aportado pruebas sobre el modo en que se produjo el accidente, esto es, sobre el hecho de que el accidente fuera consecuencia del mal estado del pavimento". "La falta de acreditación de la forma en que se produjo el accidente impide concluir la existencia de relación de causalidad entre el daño invocado y el funcionamiento del servicio público", zanja el Consultivo, que dictamina favorablemente la propuesta de resolución desestimatoria en el procedimiento de responsabilidad patrimonial tramitado por el Ayuntamiento hispalense.

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