Un cambio de criterio por parte del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha propiciado que el Ministerio de Hacienda haya empezado por reclamar a Tussam el pago del 10% en concepto de IVA por los 58 millones de euros que le fueron transferidos por el Ayuntamiento en 2016 como subvención al transporte y que le han permitido mantener más o menos estables el precio de los títulos de viaje.
Ese porcentaje suponen 5,8 millones de euros sólo por el ejercicio del año pasado (para el año en curso Tussam recibirá de la Hacienda municipal 59,1 millones), pero a medida que el Ministerio vaya revisando los ejercicios anteriores la cifra se incrementará en una cantidad similar por cada uno de ellos, por lo que por el último trienio Tussam tendría que revisar del orden de 18 millones de euros.
La exigencia de Hacienda ha provocado la alarma en el seno de la Federación Española de Municipios y Provincias (Femp), ya que no sólo ha llegado al Ayuntamiento de Sevilla, sino también a los de todas las grandes urbes que cuentan con empresas públicas en el sector del transporte, como es el caso de Tussam, mientras que la medida no afecta a aquellos que han otorgado una concesión a una empresa privada.
Hasta ahora, ni el Consistorio sevillano ni el de ninguna otra gran capital abonaba IVA por las transferencias anuales que de sus Presupuestos efectúan a sus empresas públicas de transporte para el mantenimiento del servicio y, sobre todo, el precio de los títulos de viaje, desde el billete univiaje hasta el bonobús en sus diversas modalidades.
Según fuentes municipales, si no existieran estas transferencias de capital, Tussam se vería obligada a elevar el precio de sus títulos de viaje en al menos un 100% para tratar de ser económicamente autosuficiente.
El Ayuntamiento sí pagaba el IVA pero sólo por la bonificación que efectúa de las tarjetas de Tussam para los mayores de 65 años, pero nunca por las transferencias de capital a la empresa de transportes urbanos.
Cambio
A raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre un caso acaecido en Francia, el TEAC español cambió su criterio y en relación a los servicios públicos consideró que la base imponible para el IVA estará constituida por todo lo que se recibe de la Administración, con un tipo impositivo del 10%.
La asunción por parte de la Agencia Tributaria del criterio adoptado por el TEAC tras la sentencia europea tendría graves consecuencias negativas sobre la financiación del transporte público urbano colectivo de viajeros.
Considerando la condición de las administraciones locales a efectos del IVA, la situación resultante sería que las transferencias corrientes se verían minoradas en las cuotas del impuesto y ello repercutiría en los presupuestos municipales, que necesitarían recibir una mayor transferencia de la participación en los tributos del Estado para atender a la correcta financiación de los servicios de transporte urbano colectivo de viajeros. La mayor recaudación en concepto de IVA en favor de la Hacienda del Estado habría de revertir a la Administración Local para poder hacer frente a las nuevas obligaciones tributarias de las empresas gestoras dichos servicios.
Dada la gravedad de la situación creada con la reclamación de Hacienda a Tussam, el Grupo Socialista presentará en el Pleno del Ayuntamiento una moción en la que se pide al Gobierno que desista de inmediato de esta exigencia de carácter fiscal, que se implique en la financiación del transporte urbano colectivo y, de manera urgente, iniciar la redacción y tramitación de una Ley de Financiación de Transporte Público, que incluya la participación de todos los niveles de gobierno en coherencia con las recomendaciones de la Unión Europea.