Desde el PSOE de Rota han dado a conocer la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Cádiz, que estima el recurso interpuesto por el propio PSOE contra la decisión adoptada por el anterior equipo de Gobierno (PP-RRUU), de pagar con dinero público del Ayuntamiento los gastos de defensa y representación de los políticos imputados en las distintas causas penales abiertas en los últimos años.
Los hechos se remontan al día 27 de noviembre de 2013, cuando la Junta de Gobierno Local, y ante los diferentes casos penales en los que se habían visto involucrados diferentes ex dirigentes políticos del PP y de RRUU, y en concreto María Eva Corrales Caballero y Lorenzo Sánchez Alonso, decide que fuera el Ayuntamiento de Rota, quien se hiciera cargo de los gastos de abogados y procurador de todos los cargos electos.
Dicho acuerdo tuvo una inmediata contestación por parte del PSOE local, que no sólo denunció los hechos ante los medios de comunicación, sino que interpuso varios recursos administrativos contra el mismo para que el anterior equipo de Gobierno "recapacitara y ajustara su comportamiento a la legalidad", recursos que fueron rechazados con el voto del PP y RRUU.
Esta situación fue la que motivó que el PSOE acudiese a los Tribunales de Justicia para impedir que dichos hechos se consumaran, comenzando en ese momento una batalla judicial de dos años que con esta sentencia ha llegado a su fin.
Y es que el PSOE de Rota siempre ha mantenido que si los imputados fueran declarados culpables, la Ley exigía que devolvieran el dinero que el Ayuntamiento había invertido en el pago de los abogados y procuradores, circunstancia esta que no se contemplaba en ningún momento en la resolución que ha sido objeto de revisión. La justicia ahora "le da la razón al PSOE y comparte completamente su postura, ordenando a que se rectifique el acuerdo de Junta de Gobierno donde deberá incluirse “la asunción de los costes de defensa y representación de la alcaldesa (Maria Eva Corrales Caballero) y el teniente de alcalde delegado de Régimen Interior (Lorenzo Sánchez Alonso) queda condicionado a la exculpación penal y con ello a la obligación de reintegro de las cantidades abonadas indebidamente”.
Desde el PSOE local se ha valorado muy positivamente la sentencia, que además es firme y no se puede recurrir, entendiendo desde el partido que "es una sentencia basada no sólo en la Ley sino en el sentido común que cualquier ciudadano puede entender, y que enmienda uno de los múltiples despropósitos a los que nos acostumbró el anterior bipartito”.