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Provincia de Granada

El TSJA rebaja en 6 años la condena al hombre que mató a su esposa a golpes en Alhama al no ver saña

El TSJA modifica la calificación jurídica inicial, atribuyendo al procesado, que fue juzgado por un jurado en diciembre de 2012, un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión a las autoridades, imponiéndole una pena de 17 años y medio de cárcel

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 23 a 17 años y medio de prisión la condena impuesta a Mohamed E.B., procesado por acabar con la vida de su esposa a golpes con una pata de la cama en el domicilio que ambos compartían en Alhama de Granada en la mañana del 11 de octubre de 2010.

   En su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz estiman parcialmente el recurso planteado por la defensa del inculpado entendiendo que, en contra de lo que resolvió la Audiencia Provincial de Granada tras el veredicto del jurado, en este caso no concurrió la circunstancia agravante de ensañamiento.

   Para la Sala, es "evidente que la agresión fue más allá de lo necesario para provocar la muerte de la víctima", y que la conducta del agresor fue "brutal", pero debe tenerse en cuenta que el que los golpes (15 como mínimo) se produjeran cada 10 ó 15 segundos no conlleva necesariamente que quisiera ensañarse.

   No existe pues "soporte suficiente" que permita afirmar que el número de golpes persiguiera la finalidad "de hacer sufrir a la víctima más de lo necesario", siendo "perfectamente verosímil" que lo que pretendiera fuese "la contundencia de la agresión), y, precisamente, la inmediatez de la muerte, "lo que no resultaría compatible con el ensañamiento".

   Por ello, el TSJA modifica la calificación jurídica inicial, atribuyendo al procesado, que fue juzgado por un jurado en diciembre de 2012, un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión a las autoridades, imponiéndole una pena de 17 años y medio de cárcel.

   Fue sobre las 8,00 horas de aquel 11 de octubre de hace justo ahora tres años cuando el acusado, que tenía tres hijos menores de edad con su mujer, Fatiha E.K., de 37 años, inició una discusión con ésta motivada por el hecho de que ella estaba preparando un nuevo domicilio que le había sido concedido en régimen de alquiler y gestión municipal, al que tenía previsto trasladarse en compañía de los niños.

   En el transcurso de esa discusión, el procesado, "con intención clara de acabar" con la vida de su esposa, se situó por detrás de ella y la inmovilizó, "agarrándola fuertemente" del pañuelo que llevaba anudado al cuello, "para que no pudiera moverse ni defenderse".

   Después, usando una pata de hierro del somier de la cama, comenzó a golpearla en la cabeza "de forma indiscriminada" y con "gran fuerza", propinándole 15 golpes "como mínimo" que le causaron la muerte. Por lo reiterado de su acción y por las características del medio empleado, "pretendió aumentar deliberada e inhumanamente el dolor y el sufrimiento de la víctima", indican los magistrados en su resolución.

   Una vez finalizada la agresión, el hombre se duchó y se cambió de ropa dejando la vestimenta que portaba y que se encontraba manchada de sangre en el interior de la lavadora, saliendo a la calle a comprar tabaco en un estanco cercano. A su regreso, desde una cabina telefónica, avisó a la Guardia Civil.

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