El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a un varón a no aproximarse a menos de cien metros de distancia a su hija de once años por haberle dado un bofetón mientras la misma, hace casi dos años, se encontraba haciendo actividades escolares y se equivocó.
Así lo refleja la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se condena al varón por un periodo de seis meses. Según recuerda la sentencia, los hechos ocurrieron durante el fin de semana del 22 de mayo de 2011, cuando la menor se encontraba con su padre, separado de su madre, ayudándole éste a hacer los deberes.
De esta forma, al equivocarse en dichos deberes, el acusado se enfadó con ella dándole un bofetón en la cara que le causó un hematoma en el ojo izquierdo, tardando en curar de las heridas cinco días.
Por ello, por un delito de maltrato en el ámbito familiar, el Juzgado ha condenado al varón también a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y al pago de 200 euros a la madre de la niña en concepto de responsabilidad civil.