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Sevilla

El socio minoritario Mercasevilla alega ante la modificación de reglamentos de la liberalización

Los empresarios creen que Mercasevilla "no tiene competencia legal para establecer las tarifas"

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La asociación de mayoristas de fruta, verduras y hortalizas del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, ha formulado diversas alegaciones a la modificación promovida por el Ayuntamiento para los reglamentos de prestación de servicios y régimen interior con destino a la liberalización de la lonja de pescado, extremo que implica el despido de aproximadamente la mitad de la plantilla del mercado. Como es sabido, el Gobierno municipal alega que esta medida responde a las directrices emanadas desde la Unión Europea, mientras los sindicatos avisan de que se trata de una decisión plenamente "política" porque no pesan resoluciones "definitivas" sobre este conflicto.

   Como se ha informado, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó el pasado 11 de enero el acuerdo plenario correspondiente a la aprobación inicial de esta modificación de reglamentos, toda vez que el Ayuntamiento de Sevilla es el socio mayoritario de esta empresa mixta con más del 51 por ciento del capital social. La Asociación de mayoristas de fruta, verduras y hortalizas de Mercasevilla, socio minoritario de esta sociedad mixta, ha elevado al Consistorio su correspondiente escrito de alegaciones.

LAS TARIFAS


   En este escrito de alegaciones, recogido por Europa Press, los mayoristas de fruta señalan el artículo 35 del nuevo texto del reglamento de prestación de servicios para avisar de que "la empresa mixta no tiene competencia legal para establecer las tarifas a abonar por los mayoristas", reclamando además aclaraciones en cuanto a la revisión de las tarifas. Igualmente, el colectivo de empresarios pide la anulación del artículo 36 del citado texto o, en su defecto, eximir de costes "los traspasos efectuados entre mayoristas ya instalados en la Unidad Alimentaria".

   Estas alegaciones, sobre los puestos de venta, reclaman la "eliminación de los derechos de tanteo y retracto a favor de la empresa, al menos cuando dicha cesión o traspaso se efectúe entre mayoristas ya instalados en el mercado". Sobre el nuevo texto del reglamento de régimen interior, los mayoristas de pescado creen "improcedente el pago de entrada por los vehículos del personal laboral de los mayoristas, así como de los vehículos del activo empresarial".

EXPEDIENTE EN LA COMISIÓN EUROPEA

   La liberalización de los servicios de la lonja parte de un informe elaborado por Luis Enrique Flores, secretario general del Ayuntamiento y del consejo de administración de Mercasevilla, merced a los requerimientos de la Comisión Europea. Esta institución, según el Ayuntamiento, resolvió el 11 de agosto de 2011 incoar un expediente por un posible caso de "monopolio" en torno a los servicios que Mercasevilla impone y cobra a los mayoristas de pescado.

   Porque en junio de 2010, la directiva de la asociación de mayoristas de pescado de Mercasevilla elevó a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo un escrito sobre la supuesta "vulneración" de cuatro normas recogidas en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el caso de los servicios que el mercado central de abastos grava a estos empresarios por servicios como la facturación o el transporte y manipulación del género, todos ellos prestados a través de la plantilla de la propia sociedad mixta. Estos gravámenes fueron censurados por el Tribunal de Defensa de la Competencia a través de una resolución emitida en 2002 e incluso ratificada en 2006 por una sentencia de la Audiencia Nacional (AN).

EL PRONUNCIAMIENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO

   El Parlamento Europeo, en el seno de su Comisión de Peticiones, examinó el caso y concluyó que "el suministro obligatorio de servicios previo pago" que pesa sobre los mayoristas de pescado de Mercasevilla "podría incidir en la libertad de establecimiento". Laetitia Lecesne, responsable de Servicios de Empresa en las instituciones comunitarias, señalaba durante el debate plenario celebrado en junio de 2011 que estos cobros serían "susceptibles" de incompatibilidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, que consagra el principio de libertad de empresa.

   Así, y merced a los "requerimientos", el pasado 7 de mayo el secretario general del Ayuntamiento emitió un informe jurídico que concluye que los reglamentos de prestación de servicios y régimen interior de Mercasevilla necesitan una "profunda revisión" y que los servicios a prestar "en régimen de monopolio" habrán de estar circunscritos exclusivamente a los servicios públicos o comunes, con lo que "el resto de servicios deben ser liberalizados". El comité de empresa, de su lado, defiende que no pesan resoluciones definitivas sobre este conflicto y que el mencionado informe fue elaborado expresamente para justificar esta operación, toda vez que el derecho comunitario sería "inaplicable" en este caso al estar la empresa exclusivamente sujeta a la "regulación estatal".

   Para el comité de empresa, en ese sentido, la liberalización de los servicios de la lonja de pescado es simplemente una decisión "política" derivada de los compromisos adoptados por el PP con el gremio de mayoristas de pescado.

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