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Sevilla

El jurado declara culpable de asesinato al acusado del atropello del Polígono Store

Consideran que fue intencionado

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Un jurado popular ha declarado por unanimidad culpable de un delito de asesinato a Juan Francisco Gámez Durán, el joven de 28 años de edad acusado de atropellar mortalmente en el Polígono Store de la capital hispalense el 12 de diciembre de 2010 a Manuel Alías García, hechos por los que la Fiscalía le pide 18 años de cárcel.

   Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en un veredicto hecho público pasadas las 21,00 horas este jueves, el jurado popular ha considerado que el acusado atropelló de manera intencionada a la víctima y no de forma accidental, tal y como sostuvo la defensa durante la celebración del juicio.

   Una vez conocido el veredicto, el fiscal, Luis Carlos Rodríguez León, ha pedido para el acusado 18 años de prisión al haber quedado los hechos "acreditados", mientras que el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de los padres de la víctima, Vicente Jiménez Filpo, ha solicitado para el imputado 21 años de prisión.


   La misma pena ha sido pedida por el letrado de la acusación particular ejercida por la novia del fallecido, Mariano de Alba, mientras que la abogada de la defensa, Esperanza Lozano, que ha pedido la imposición de la pena mínima, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por considerar que el veredicto está "inmotivado".

   Los miembros del jurado han considerado al acusado culpable por unanimidad de "haber dado muerte de forma intencionada" e "impidiéndole cualquier tipo de defensa" a la víctima, así como de haber desarrollado una conducción "temeraria" en la cual "embistió" a varias personas que se encontraban esa noche en el Polígono Store.

"MOVIMIENTOS HACIA ADELANTE Y HACIA ATRÁS" DEL COCHE DEL ACUSADO

   Según los miembros del jurado, esto último ha quedado acreditado con el visionado del vídeo, según el cual el vehículo conducido por el imputado describió "maniobras perfectas" así como "movimiento repetidos hacia adelante y hacia atrás, sin que se aprecie presencia de gente alrededor" de su turismo.

   El jurado considera probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 3,00 horas del 12 de diciembre de 2010, cuando el acusado, que se encontraba en un establecimiento del Polígono Store celebrando una cena de Navidad con compañeros de su empresa, bajó a la calle "enojado" al conocer que estaban sustrayendo objetos de algunos vehículos y, tras descubrir que le habían sustraído los espejos retrovisores de su coche, dijo "me cago en los muertos, como coja a alguien lo mato".

   A raíz de una discusión con un joven que el acusado creía tenía relación con los autores de la sustracción, se generó un "ambiente de crispación" entre los dos grupos que participaban en sendas cenas de Navidad, tras lo que se montó en el coche y gritó "los voy a atropellar, "me los voy a llevar por delante". A continuación, realizó tres o cuatro "amagos de atropellar a varias personas", dando varias "embestidas marcha adelante y marcha atrás, echando el vehículo encima de los presentes con peligro cierto de atropello".

EL JURADO SE OPONE AL INDULTO

   Seguidamente, el imputado aparcó en batería tras un camión y al ver pasar caminando solo a la víctima, "esperó a que éste rebasara su posición para arrancar su coche, acelerar bruscamente y emprendiendo la marcha a alta velocidad, sin encender las luces del automóvil y circulando por el centro de la calzada", arremetió contra el procesado "con clara intención de atropellarle y causarle la muerte, golpeándole inesperadamente por la espalda sin que la víctima pudiera haber hecho absolutamente nada para evitar el impacto".

   Tras ello, se marchó del vehículo a una "velocidad excesiva" y al llegar a su domicilio le comentó a su novia "que se joda, que yo no le robo a nadie", según ha considerado probado el jurado, que se ha opuesto por mayoría de seis votos a tres a que se pueda solicitar el indulto para el procesado, que durante la lectura del veredicto no ha podido evitar derrumbarse y comenzar a llorar.

   El jurado ha considerado no probado que la víctima conviviera "de forma estable" con su novia o con sus padres, lo que ha motivado que el letrado de la novia haya anunciado que recurrirá este punto de la sentencia al entender que han quedado "súper acreditadas" tanto la convivencia como la relación de pareja.

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