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Lunes 01/07/2024  

Sevilla

Medidas contra los desahucios

Tribuna abierta de la Defensora del Pueblo Español, Soledad Becerril

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Los desahucios  son desde hace tiempo objeto de especial preocupación en la institución del Defensor del Pueblo. En enero de este año se entregó en el Congreso  el informe “Crisis económica y Deudores Hipotecarios”, en el que se hacían una serie de recomendaciones dirigidas a los ministerios de la Presidencia, de Economía, de Justicia, al Banco de España, al Consejo General del Notariado, y a la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre medidas a tomar para evitar las graves, y en crecimiento imparable, situaciones de exclusión social.

Entre otras medidas se pedía un procedimiento especial para las situaciones de insolvencia personal y familiar, que ya existe para las empresas; articular un mecanismo de conciliación previa en los casos de impago para evitar el inicio sistemático de las actuaciones judiciales que desembocan en los desahucios; limitación de los intereses en caso de mora; permitir a los deudores mantener la posesión de sus inmuebles para evitar más casos de exclusión social y arbitrar un sistema por el que se impida que queden endeudadas de por vida las personas inmersas en un proceso de ejecución hipotecaria y que con la venta del inmueble no ven cubierta la cantidad adeudada, esto es, la dación en pago. 

El Real Decreto-ley  sobre medidas urgentes (6/2012, de 9 de marzo) de protección a deudores hipotecarios sin recursos fue una respuesta rápida a las propuestas pero ha resultado ineficaz por lo que, tal como anuncié en mi comparecencia ante la Comisión Mixta en el Senado, se enviaron otras recomendaciones al ministerio de Economía y Hacienda y al de Justicia sobre estas materias, haciendo especial énfasis en pedir la reforma delcitado Real Decreto Ley 6/2012 para que tenga unámbito de aplicación más amplio; insistiendo en la necesidad de regular un procedimiento de insolvencia de las personas físicas estableciendo plazos y prórrogas, quitas y esperas que hagan el pago más flexible; establecer la necesidad de un acto previo de conciliación entre las partes, facultando al juez para imponer un acuerdo razonable; limitar los intereses de demora y proponer la dación en pago en determinadas circunstancias.

Hace unos días el Gobierno aprobó un nuevo Real Decreto-ley, 27/2012 de 15 de noviembre, con una serie de medidas que en mi opinión significan un paso adelante en la buena dirección pero que tienen un largo camino por recorrer ya que afrontan el daño social más urgente pero no solucionan el problema. Considero positiva la creación de un fondo social de viviendas para personas desalojadas y la ampliación del umbral de rentas establecido como requisito en el

Código de Buenas Prácticas. También la declaración que se hace en la Exposición de Motivos  sobre la necesidad de reformar más en profundidad el marco jurídico, aunque requiera cierto tiempo para hacerse, no se pueden cambiar las leyes sin un estudio detallado, pero esto es lo realmente importante: elaborar una ley que ampare a los más vulnerables y establezca una marco jurídico adaptado a la realidad económica y social que vivimos actualmente.

Las medidas aprobadas ahora  permiten la paralización de los desahucios de las familias ensituación  más difícil, permitiendo tener un tiempo para buscar soluciones pero se han de promover otras  y reitero la necesidad de regular un procedimiento para las situaciones de insolvencia personal y familiar, la limitación de los intereses de demora y los gastos de ejecución, la aplicación de la dación en pago en algunos casos o la elaboración de un  concepto jurídico bajo la denominación de “deudor de buena fe”.

No va a ser fácil poner de acuerdo a las fuerzas políticas, económicas y sociales pero es necesario lograrlo. No se puede aplazar la solución al problema ni cerrarlo en falso. Armonizar tantos intereses contrapuestos es una tarea compleja peroresulta absolutamente necesario llevarla a cabo para evitar la exclusión social de tantas personas y para garantizarles un futuro digno.

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