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Chipiona

Laura Román responde a la denuncia de CANS: “No se está cometiendo ningún tipo de delito”

Al no encontrarse en un espacio natural, ni tampoco se verían afectas especies silvestres, la delegada asegura que la poda no es de aplicación al código penal

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Si a principios de esta semana el grupo ecologista CANS Chipiona emitió un comunicado mostrando su rechazo a la poda de palmeras que tenía previsto llevar a cabo el área de Parques y Jardines, ahora la delegada al frente de este servicio, Laura Román, ha hecho lo propio para realizar una aclaración a un comunicado en el que incluso afirmaban desde CANS que se infringía un punto del Código Penal. “Es lícito estar en desacuerdo con las actuaciones que las administraciones públicas realizan. Es más, es incluso beneficioso, puesto que en la discrepancia es donde se puede crecer. Pero, una cosa es estar en desacuerdo con una determinada actuación y otra es quererlo justificar con que es un delito”, ha aseverado Laura Román.

Además, en el comunicado se encaró de desmarcarse de todo tipo de acusaciones acerca de un posible delito recalcando en la contraposición de dos términos que cambia todo el sentido de la ley: ‘hábitat’ y ‘silvestre’. Se remite para explicar esta disyuntiva al artículo 2 de la citada ley, en la que se explica la definición de ambos conceptos, clave para entender por qué no se aplica en este caso concreto. ‘Silvestre’, según la Ley 8/2003, hace referencia a las distintas plantas, animales y formas de vida que desarrollan todo o parte de su ciclo biológico natural sin intervención regular del ser humano, mientras que la definición de hábitat, por el contrario, según la Ley 8/2023, responde al medio acuático o terrestre, diferenciado por sus características geográficas y factores abióticos y bióticos, donde desarrolla en todo o en parte su ciclo biológico. Román explica esta diferenciación de conceptos para aclarar que estamos ante una Ley que protege a los animales y plantas en su entorno natural, sin intervención humana directa, es decir, no es de aplicación en las ciudades. No estamos en un espacio natural, ni tampoco se trata de especies silvestres y, por consiguiente, tampoco es de aplicación el código penal, ya que no se está cometiendo ningún tipo de delito”, afirma.

Reconoce ser consciente de que nos encontramos ante la época de reproducción, aunque afirma que las especies de aves que se emplean las palmeras como medio para llevar a cabo este proceso han terminado por adaptarse, teniendo en cuenta que las palmeras se podan todos los años. Una serie de acciones que, como ha explicado la delegada, se llevan a cabo en esta época por distintas razones. “Por tratarse de un municipio turístico y porque el ornato es fundamental, ya que en esta época empiezan a florecer las palmeras y es el momento oportuno para eliminar esas flores que posteriormente se convierten en dátiles. Y es que los dátiles, cuando maduran, caen al suelo y por ende manchan, por lo que se ahorra en limpieza, y además provocan caídas a los transeúntes por resbalones al pisarlos”, expresa Laura Román que finaliza recalcando que, a través de estas acciones, lo más importante que se busca es compatibilizar el bienestar de las personas con la presencia de plantas.

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