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Sevilla

Las familias de la Corrala Utopía piden el sobreseimiento de la causa

Elevan este viernes al Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla un escrito reclamando el archivo de las diligencias correspondientes a la ocupación de las viviendas o, al menos, la denegación de la medida cautelar de desalojo instada de nuevo por el banco

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El colectivo de familias que habita sin relación contractual alguna el bloque de viviendas de renta libre que posee Ibercaja en la avenida de las Juventudes Musicales, en el entorno de la glorieta de San Lázaro, eleva este viernes al Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla un escrito reclamando el archivo de las diligencias correspondientes a la ocupación de las viviendas o, al menos, la denegación de la medida cautelar de desalojo instada de nuevo por el banco.

   Estamos hablando de la causa instruida a cuenta de la ocupación de este bloque de viviendas de renta libre ubicado en los números dos, cuatro y seis de la avenida de las Juventudes Musicales. Si bien Ibercaja, propiedad del edificio a través de la sociedad inmobiliaria Residencial Murillo, había solicitado en mayo una medida cautelar de desalojo, posteriormente el grupo de familias y la propiedad del edificio alcanzaron un pacto.
ACUERDO ENTRE LAS PARTES

   El citado acuerdo implicaba la búsqueda de fórmulas para que las familias que acreditasen un estado de verdadera "necesidad" fuesen realojadas "en otras viviendas", el desalojo "efectivo" de las viviendas ocupadas, la suspensión de la petición de medida cautelar de desalojo y el "desestimiento del proceso penal instado" contra las familias. Dado el caso, la propiedad del edificio elevó al juzgado un escrito reclamando "que no se acuerde la medida cautelar de desalojo solicitada" el 2 de mayo "hasta que transcurra el plazo acordado por los ocupantes del inmueble para efectuar el desalojo pacífico y voluntario".

   En ese sentido, el mencionado escrito exponía "el firme compromiso" de las familias para "desalojar de manera pacífica y voluntaria, en el plazo máximo de un mes", el citado edificio una vez hubiesen acreditado su "situación de necesidad" y se hubiese podido localizar inmuebles en los que pudiesen ser "realojadas como inquilinos".
DE NUEVO EL DESALOJO

   El pasado 30 de julio, la propiedad del edificio reiteró la solicitud de desalojo forzoso formalizada en mayo "al no haberse cumplido por parte de los ocupantes los compromisos alcanzados entre ambas partes". "Únicamente tres familias ocupantes han facilitado la evaluación por parte de los servicios sociales para acreditar una situación de necesidad de forma que, tal y como se acordó, se han localizado inmuebles para estas familias que han desocupado el inmueble de forma pacífica para ser realojados como inquilinos en otras viviendas", explicaba 'Residencial Murillo' en el escrito elevado al juzgado y recogido por Europa Press.

   Según el escrito, "el resto de ocupantes no ha realizado acto alguno tendente al desalojo pacífico", transcurriendo "sobradamente" "el plazo voluntario otorgado" por el propio juzgado al tomar declaración a los imputados, al objeto de que desalojasen el edificio, así como el plazo concedido por la titularidad del inmueble.
PIDEN EL ARCHIVO DE LA CAUSA

   Ante este escrito, la representación de las familias presentará este viernes ante la citada instancia judicial un escrito solicitando el sobreseimiento de las actuaciones, en las que figuran como imputados los miembros de este colectivo, o al menos la denegación de la medida de desalojo. Según el escrito, recogido por Europa Press, debe ser tenida en cuenta "la voluntad de ambas partes de llegar a un acuerdo extrajudicial del conflicto", toda vez que "del tiempo transcurrido entre el escrito solicitando la suspensión del desalojo cautelar y el escrito interesando de nuevo la misma medida se evidencia que el espacio temporal pactado en los acuerdos no ha sido respetado".

   Igualmente, las familias alegan que "el retraso en la emisión de los informes sociales por parte del Ayuntamiento de Sevilla no es imputable" a este colectivo, toda vez que "no se acredita la urgencia ni el supuesto daño para solicitar" la medida cautelar de desalojo. El escrito, de cualquier modo, descarta tipos penales en esta ocupación porque "la permanencia en el inmueble no puede ser calificada contraria a la voluntad" de la propiedad "una vez comienzan las negociaciones, los pactos y periodos de plazo para no llevar a cabo una medida cautelar de desalojo".

   La propiedad de los inmuebles, como es sabido, propone a estas familias su programa de respaldo al alquiler de viviendas 'Llaves solidarias", incluido en la obra social de 'Ibercaja'. Este programa, destinado a familias de bajos ingresos, tiene por objeto facilitar el acceso a la vivienda de alquiler a familias con dificultades para acceder a este mercado. Se trata, según 'Ibercaja', de "garantizar unos precios sociales que permitan acceder a una vivienda de alquiler a personas con dificultades y necesidades específicas en materia de alojamiento".

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