La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado que uno de los principales procesados por el robo de 154,4 kilogramos de cocaína y heroína en la Jefatura Superior de la Policía Nacional en Andalucía Occidental permanezca en prisión provisional por la "gravedad" de los hechos cometidos, el "claro, evidente e importante" riesgo de fuga existente, y la posibilidad de que pueda "obstruir" la investigación.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial rechaza el recurso interpuesto por el abogado de M.A.N., socio del exagente de la Udyco imputado en esta causa, contra la decisión de la juez de Instrucción número 19 de prorrogar otros dos años la situación de prisión provisional del sospechoso, que permanece en la cárcel desde finales de 2009.
De este modo, los magistrados recuerdan que "no es la primera vez" que el acusado recurre su situación de prisión provisional, una medida cautelar que tiene como objetivo "garantizar el normal desarrollo del proceso penal, especialmente asegurar la presencia del recurrente en el juicio y evitar posibles obstrucciones a su normal desarrollo".
"GRAVEDAD" DE LOS HECHOS
La Sala considera que la medida de prisión provisional impuesta al procesado es "adecuada, acertada y proporcional", pues "concurren los requisitos y la finalidad que exige la doctrina constitucional", añadiendo que en el presente caso hay que tener en cuenta la "gravedad" de los hechos, la existencia de indicios sobre su participación en los mismos y la pena que podría imponérsele, superior a nueve años de prisión.
Así, subraya que "los factores que inciden fundamentalmente en la adopción de la medida" de prisión provisional "no se ven suficientemente compensados con la concurrencia de circunstancias personales favorables --arraigo personal--, en términos que racionalmente hagan desaparecer el riesgo de fuga", un riesgo que atendiendo a la pena de cárcel a la que podría ser condenado "es claro e importante".
Igualmente, "no se puede ignorar la importante cantidad de sustancia estupefaciente sustraída, y su puesta en el mercado", con "los importantes beneficios" que le haya podido reportar la venta de la droga, así como tampoco se pueden dejar de lado "los lógicos contactos con grupos u organizaciones capaces de adquirir y distribuir las referidas sustancias", circunstancias todas ellas que "facilitan el que se pueda poner fuera del alcance de la Justicia".
COMPARA SU SITUACIÓN CON LA DE SU ESPOSA
El abogado de M.A.N. también había alegado la vulneración del derecho a la igualdad al existir otra imputada, en concreto la esposa del procesado, que se encuentra en libertad provisional por estos hechos, un extremo rechazado por la Audiencia, pues "la intervención en los hechos de uno y otro, tal y como reconocen en sus declaraciones, no es la misma, desempeñando M.A.N. un papel esencial en la sustracción y posterior puesta en el mercado de la droga sustraída, cosa que no consta que suceda" con su esposa.
Además, prosigue el auto consultado por Europa Press, "fueron precisamente las circunstancias personales que concurrían en ella --ser madre de un niño de corta edad que era necesario atender al encontrarse también el padre preso-- las que se alegaron por su defensa y fueron tenidas en cuenta".
"Las circunstancias expuestas por el recurrente --especial arraigo en territorio español-- no tienen el suficiente efecto disuasorio para asegurar que aceptará pacientemente el riesgo a ser condenado a pena de tanta extensión", añade, incidiendo en que se trata de un caso en el que "el riesgo abstracto de fuga asociado a la gravedad de la pena conminada sigue siendo elevado, lo que unido al riesgo de que pueda obstruir o dificultar la investigación justifican el mantenimiento de la medida cautelar".
La juez instructora ha procesado al exagente, a su socio, M.A.N., y a la esposa de éste, M.V.S.G., por la presunta comisión de un delito continuado de robo con fuerza y un delito continuado contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud y con aplicación del tipo agravado de "notoria importancia" de los alijos.
La juez impone a estos tres imputados el pago de una fianza de cuatro millones "teniendo en cuenta el valor y pureza" de la droga sustraída. De su lado, también procesa a la esposa de Lars, M.T.M.S., aunque en su caso por un delito de blanqueo de capitales, imponiéndole el pago de una fianza de 250.000 euros.