El tiempo en: Barbate

El Puerto

Confirmada la sentencia contra miembros de ‘Apemsa no se vende'

Confirmada la sentencia condenatoria a Juan Clavero, Mª Ángeles Fernández y Carmen Calzado, declarando que efectivamente vulneraron el honor de Daniel Pérez

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Miembros de 'Apemsa no se vende'. -
  • Además deberán abonar una indemnización de 2.000 euros cada uno y hacerlo público en los medios que se hicieron eco

La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la sentencia ya emitida por el Juzgado de El Puerto en la que condena por “vulnerar el honor tras las aceradas insinuaciones y sospechas lanzadas contra el entonces ex Consejero Delegado de Apemsa, Daniel Pérez Lorenzo, pues la información que ofrecieron no era veraz ni de interés público.

La sentencia desmonta uno por uno todos los argumentos que los ya condenados por segunda vez quienes, mientras en el juzgado portuense reconocieron ser los autores de las informaciones que atentaron contra el honor de Pérez Lorenzo, en su recurso de apelación ante la audiencia de Cádiz mantuvieron que no se había probado que ellos fuesen los autores de las afirmaciones, y la Audiencia Provincial considera absolutamente cierto y probado que los condenados, Clavero, Calzado y Fernández Cortabarría, fueron los autores de las notas de prensa enjuiciadas.

La sentencia a la que ha tenido acceso esta redacción contiene una multitud de referencias a sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional en materia de vulneraciones del derecho al honor, así se contabilizan más de cuarenta referencias a distintas sentencias de estos tribunales que nos ilustran sobre la abundante argumentación que ha empleado la Audiencia provincial gaditana para dictar una sentencia que no contravenga ningún pronunciamiento de estas altas instancias judiciales y no sea susceptible de ser revocada por ninguno de estos tribunales, supremo y constitucional; aún así contra esta Sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Satisfacción

Los condenados sí han conseguido rebajar el importe de la indemnización que fijó el juez de primera instancia de los 5.000 euros inicialmente fijados para cada uno de los condenados, la Audiencia Provincial los fija en 2.000 euros, minoración que obedece al criterio de ponderación en el importe de la indemnización que corresponde a los tribunales, y para cuya fijación no existe una tabla o baremo fijado en la legislación, y es fijado discrecionalmente por los juzgados que conocen de este tipo de procedimientos sobre derecho al honor.

Como ha afirmado el abogado que ha dirigido la defensa, Miguel Pérez de Yrigoyen, “profesionalmente es toda una satisfacción ver como se ha hecho verdadera justicia en este asunto, que supuso todo un reto profesional para nuestro Despacho al enfrentarnos a un conocidísimo activista social y político que, además, incluso contaba en este asunto con el beneplácito de fuerzas políticas de nuestra localidad.

“Fue una estrategia esquizofrénica”

Daniel Pérez ha declarado que: “Mi satisfacción es plena, se ha demostrado que las acusaciones fueron falsas, sin fundamento, y lo peor, durante el procedimiento intentaron burdamente, en una estrategia de esquizofrenia procesal, pretender defender que no fueron los autores de las manifestaciones injuriosas. Mi honor manchado vale muchísimo más que el importe al que han sido condenados, siendo mucho más importante que la sociedad sepa que no eran ciertas esas afirmaciones y que estos sujetos aprovecharon su plataforma para difamar y manchar mi honor. No quiero dejar de agradecer todo el apoyo recibido por muchos ciudadanos de bien, a los amigos que siempre creyeron en mí y en mi gestión, a mi abogado Miguel Pérez de Yrigoyen, gran profesional y amigo, a mi procuradora Blanca Bachiller, y a mi familia por dar el aliento necesario ante los ataques, de odio y revanchismo”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN