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Sevilla

Arroceros valoran la sentencia de TS sobre el dragado y cree que "todos salen perjudicados por la mala gestión"

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La Federación de Arroceros de Sevilla ha valorado la sentencia del Tribunal Supremo, que anula el dragado del canal del puerto en el río Guadalquivir, y considera que "muchos sectores salen perjudicados por la mala gestión de este proyecto", ha indicado el presidente de la federación, Juan Cuquerella.

   En declaraciones a Europa Press, Cuquerella ha dado la enhorabuena a WWF "por lo que han conseguido" y reconoce que la resolución del Supremo es "favorable" a sus intereses.

   No obstante, reconoce que "es una situación dramática en la que se encuentra el puerto, que no sabía dónde acogerse". En ese punto, ha dejado claro que los arroceros "nunca nos hemos opuesto a un dragado, pero que se acogiera a la DIA, pero en este caso han sacado los pies del plato".

   Para Cuquerella, "las cosas hay que prepararlas bien antes de ejecutar una obra de este calibre, pues en este caso hemos salido todos perjudicados por una mala gestión".

   "Siempre hemos mantenido que las cosas hay que gestionarlas bien desde el principio; no se puede hacer una esclusa y después acometer el dragado", ha añadido el presidente de los arroceros, quien recuerda que los afectados "no solo somos los arroceros, sino todos los agricultores de regadío del Guadalquivir".

   Han explicado que en el momento en que conozcan en profundidad la sentencia, la analizará "y veremos el camino a seguir". "La sentencia le viene mal a la Autoridad Portuaria y a los políticos en este momento, y eso que la cosa no ha ido a mayores y no se fue a Bruselas", ha añadido.

   La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del dragado del canal del Puerto de Sevilla en el río Guadalquivir al estimar parcialmente el recurso que presentó la asociación ecologista WWF-Adena contra el Real Decreto por el que se aprobó el Plan Hidrológico del Guadalquivir.

   Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, también se declara la nulidad de la calificación de dicha obra de dragado como "medida complementaria". El dragado del canal que ahora se declara nulo preveía incrementarse 6,8 metros a 8 metros la profundidad en el tramo de la desembocadura. Y de 6,5 metros hasta los 7,60 metros en el canal fluvial.

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