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Forenses aclaran que no se les pidió actuar para la identificación de los restos óseos del caso Bretón

El colectivo explica que, tras los últimos informes periciales hechos públicos en relación con este caso, se ha comprobado cómo se han utilizado de forma "incorrecta o inadecuada" los términos informes forenses, informes médicos-forenses e informes periciales, lo que "puede inducir a error en la opi

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La Asociación de Médicos Forenses de Andalucía (AMFA) aclara que en el caso Bretón la identificación de los restos óseos de la hoguera, que se estudian ahora en dos nuevas pruebas para comprobar si pertenecen a Ruth y José, se llevó a cabo en un primer informe "exclusivamente" por parte de la Policía Científica, "sin que se haya pedido la actuación pericial de los médicos forenses a este respecto".

   En una nota, el colectivo explica que, tras los últimos informes periciales hechos públicos en relación con este caso, se ha comprobado cómo se han utilizado de forma "incorrecta o inadecuada" los términos informes forenses, informes médicos-forenses e informes periciales, lo que "puede inducir a error en la opinión pública acerca de cuál es la función de los médicos forenses en la Administración de Justicia".

   Así, la AMFA explica que los médicos forenses son funcionarios de carrera que desempeñan funciones de asistencia técnica a los juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del Registro Civil en las materias de su disciplina profesional. Están adscritos a los Institutos de Medicina Legal y dependen del Ministerio de Justicia o de la Consejería correspondiente en aquellas comunidades que tengan transferidas las competencias de Justicia, de modo que "los médicos forenses sólo pueden actuar a petición de los órganos anteriormente citados y se trata siempre de una peritación oficial".

   En este sentido, los informes emitidos por facultativos de Policía Científica no pueden tener la consideración de informes médico forenses, "ya que su emisor no es un médico forense".

   Además, detallan que los informes emitidos a instancia de parte en un procedimiento judicial están elaborados por distintos profesionales, como son médicos, antropólogos o biólogos, especialistas en una determinada materia, pero que "no son médicos forenses, que como se ha dicho anteriormente sólo pueden actuar de forma oficial y a petición los órganos judiciales o del Ministerio Fiscal". Por lo tanto, "no deberían llamarse informes médico forenses".

   Entretanto, señalan que dentro de las funciones del médico forense está la de identificación de restos óseos, auxiliados por su laboratorio de referencia, que es el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que elabora uno de los dos informes solicitados por el juez del caso.

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